Se puede engañar a todos poco tiempo, se puede engañar a algunos todo el tiempo, pero no se puede engañar a todos todo el tiempo.

Abraham Lincoln

viernes, 4 de mayo de 2012

La ordenanza de convivencia (Huesca y la mendicidad)

Parece que las críticas (por así decirlo) de la Federación de Barrios oscense ha supuesto la primera reacción pública de Ana Alós de carácter defensivo.  Así, tras la noticia de ayer (comentada en el post anterior), hoy, tanto Diario del Altoaragón como Radio Huesca se hacen eco de las puntualizaciones de la Alcaldesa en referencia al asunto de la mendicidad y su prohibición.

En concreto la respuesta de la Alcaldesa ha sido de prudencia y mesura afirmando tajantemente que "no se pretende perseguir a los mendigos" y justificándola como necesaria contra la mendicidad organizada (mafias) y la protección de los menores.

Eso está muy bien, pero que muy bien.  Vamos, parece que en virtud de esta ordenanza el Ayuntamiento podrá (la policía local) hacer cosas que antes no podía hacer.  ¿Seguro?  Mas bien pensamos que no, que ya antes la policía local podía intervenir directamente y en coordinación con la DGA en los asuntos relacionados con menores (otra cosa es que lo hiciese o no o que la DGA funcione adecuadamente en los temas de menores)

Sin embargo las declaraciones son tranquilizadoras.  Eso sí, tan sólo las declaraciones ya que el texto de la ordenanza no habla de tales menesteres, más concretamente dice:

Artículo 30.  Prohibiciones específicas:



30.9. Ejercicio de la mendicidad


a) La policía Local impedirá el ejercicio de esta actividad, informará a quienes la practiquen de los recursos sociales existentes y requerirá los artículos o efectos que se hubieren utilizado.
b) Al atender que corresponde a los poderes públicos garantizar las necesidades básicas de los ciudadanos que carezcan de recursos, no se permitirá dentro del término municipal el ejercicio de la mendicidad, incluso el encubierto mediante el ofrecimiento de supuestos servicios.
c) Cuando la Policía Local compruebe la implicación de menores en el ejercicio de la mendicidad actuarán de acuerdo con lo dispuesto en las leyes penales, con el principal objetivo de proteger al menor.


En definitiva, que con respecto al tema de menores no aporta nada nuevo ya que la ordenanza dice que la policía actuará conforme a lo que es su deber.  Con respecto al asunto de las mafias no explicita nada.  Con respecto a las excepciones no se dice nada: sencillamente está prohibida. Y con respecto a derivar a los servicios sociales (creemos que hay un error en la letra b) y en vez de atender debe leerse entender) no hay nada nuevo.  Bueno, sí, en este caso se entiende por mendicidad el ofrecimiento de "supuestos servicios".  ¿A cuáles se refiere?  ¿Prostitución?  ¿Trabajo en negro de un parado?  ¿Música callejera?  ¿Venta de artesanía?

En definitiva, dice la Alcaldesa que no va a perseguir a nadie.  Suponemos que dará indicaciones claras y precisas a la policía local de la forma de actuar e interpretar la letra de la ordenanza pero eso es arbitrario y voluntarista.  Lo cierto es que se ha dejado una ordenanza con un texto bastante claro respecto a la prohibición y con una puerta abierta a poder profundizar en lo que es la mendicidad amén de que puede ser sancionada con hasta 750 euros.

No hay comentarios: